De conformidad con el numeral SEXTO del ACUERDO QUE MODIFICA LAS FUNCIONES Y ESTRUCTURA DE LA OFICINA DE LA ABOGACÍA GENERAL DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO, publicado en la Gaceta UNAM el 3 de agosto de 2023, la Coordinación de Oficinas Jurídicas cuenta con las siguientes funciones:
I. Apoyar y procurar el óptimo desempeño de las Oficinas Jurídicas;
II. Mantener comunicación continua con las autoridades de las entidades académicas y dependencias universitarias para la mejor gestión de los asuntos encomendados a las Oficinas Jurídicas;
III. Atender y desahogar las consultas que las Oficinas Jurídicas presenten en el desempeño de sus funciones;
IV. Supervisar la gestión de los asuntos que competen a las Oficinas Jurídicas, procurando homologar criterios de actuación;
V. Informar oportunamente a la persona titular de la Oficina de la Abogacía General sobre los asuntos que competen a las Oficinas Jurídicas;
VI. Dar seguimiento a la labor de las Oficinas Jurídicas en la gestión, elaboración, firma y depósito de los instrumentos consensuales de sus entidades académicas o dependencias universitarias;
VII. Tramitar integrar y mantener actualizado el registro de poderes generales y especiales del personal de las Oficinas Jurídicas en los que sea delegada la representación de la Universidad;
VIII. Coordinar el proceso de selección del personal jurídico de las Oficinas Jurídicas;
IX. Proponer a la persona titular de la Oficina de la Abogacía General y ejecutar el Programa Anual de Capacitación del personal de las Oficinas Jurídicas a partir de las necesidades detectadas en las diversas entidades académicas;
X. Coadyuvar con la DGELU en la difusión de los lineamientos y criterios de interpretación de la normativa universitaria;
XI. Coordinar la integración y presentación de los informes mensuales y anuales de las Oficinas Jurídicas y someterlos a consideración de la persona titular de la Oficina de la Abogacía General;
XII. Fungir como titular de la vocalía de gestión y coordinación del Colegio del Subsistema Jurídico;
XIII. Integrar y someter a consideración y aprobación de la persona titular de la Oficina de la Abogacía General su informe anual de actividades; y
XIV. Las demás que le solicite la persona titular de la Oficina de la Abogacía General y la normativa universitaria.
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